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Ser Juez, en una Sociedad Democrática.

Ser Juez, en una Sociedad Democrática.


Resumen. 


[El Estado social y democrático de derecho al cual se somete la República Dominicana exige de un guardián, un garante de los derechos del pueblo frente a los excesos de la administración o conflictos entre particulares. El poder debe controlar al poder y custodiar los derechos de la mayoría por encima del interés individual. Para eso, se requiere de un tipo especial de servidores públicos que asuman ese compromiso con valentía e independencia. En las líneas que siguen, se desarrollan algunas ideas, de lo que significa el rol de un juez en el marco de una sociedad democrática.


Palabras clave: Juez. Democracia. Derechos. Pueblo. Sociedad. Independencia. Prudencia. Valentía. Integridad. Capacidad. Meritocracia.   

  

Introducción. 


Vivimos en una sociedad democrática. Es una afirmación que suele hacer el ciudadano común para indicar que puede ejercer ciertos derechos, especialmente referentes a la libertad de expresión, de tránsito o de igualdad. Pero ¿Qué es la democracia? Democracia quiere decir “poder popular”. De ser así, las democracias deberían ser lo que dice la palabra: sistemas y regímenes políticos donde el pueblo es el que manda.  La Constitución señala en su art. 7 que la República Dominicana es un Estado Social y Democrático de Derecho, con lo cual convengamos que nuestra forma de gobierno es democracia y donde el poder, por tanto, debe ser ejercicio por el pueblo, pero a través de los mecanismos de participación legítimamente señalados también por la propia Ley de Leyes. 


Lo anterior nos lleva a la siguiente pregunta: ¿Quién garantiza el ejercicio pulcro de la democracia en nuestro país? Los jueces. Porque cuando las autoridades o gobernantes se apartan de lo que limitativamente la ley les señala para ejercer el poder en representación del pueblo – amos y señores de ese poder – debe intervenir ese tercero imparcial para restituir el orden social y constitucional previstos en nuestro ordenamiento jurídico. Empero, ¿Qué significa ser juez en una sociedad democrática? Tomando en cuenta que, de los tres poderes del Estado, son precisamente estos – los jueces – a quienes los ciudadanos no tienen el derecho de elegir de forma directa, como acontece con el Poder Ejecutivo, el Legislativo y aún los propios gobiernos locales. 


Actualmente existen 17 jueces en la Suprema Corte de Justicia,  13 en el Tribunal Constitucional,  5 en el Tribunal Superior Electoral  y 668 jueces que integran el Poder Judicial desde jueces de paz hasta jueces de Corte de Apelación y sus equivalentes a nivel nacional. En total, son 703 jueces dentro de un aproximado de 10,760,028 habitantes según el X Censo Nacional de Población y Vivienda de la Oficina Nacional de Estadística (ONE). Es decir, los jueces en el país representan un sector minoritario de servidores públicos y que para poder acceder a esos cargos se requiere haber superado rigurosos concursos de oposición y competencia, especialmente aquellos que componen el Poder Judicial. 


Ser Juez en una Sociedad Democrática: ¿Cuál es su rol?  


Comencemos por indicar que ser juez no es un trabajo, es una vocación de servir. En una sociedad donde el concepto “vocación de servicio” ha sido tan manipulado políticamente hablando, ha perdido su valor, pero quienes conocen la judicatura de carrera por dentro coincidirán que quien decide tomar ese camino no lo hace por las “mieles del poder”, sino por una vocación que exige de quien la ocupa un estilo de vida totalmente distinto al de un funcionario común de otra demarcación de gobierno. Ser juez implica dedicar años y noches enteras de estudio, compromiso y disciplina, para poseer las competencias y el capital humano necesario para desempeñar una función tan demandante y exigente como esta. 


De los tres poderes del Estado, según Charles Lois de Secondat en el “Espíritu de las Leyes” el Poder Legislativo es el primero. Esto se debe a que la única cosa que evita que los hombres que viven en sociedad se despedacen como lobos hambrientos, es el control punitivo de la ley, pero el responsable de aplicar ese control legal es precisamente el juez. El control del poder por el poder es un mecanismo no solo necesario sino fundamental dentro de una sociedad democrática, y por eso quien sea designado como juez debe ser “un juez en Berlín”. Así, la expresión “hay jueces en Berlín” suele citarse para hacer alusión a la prevalencia del Poder Judicial frente al Poder Ejecutivo (y de los demás poderes del Estado) y la protección del débil frente al rico y poderoso. Es fruto de una historia (o leyenda) contada en los pasillos de las facultades de derecho y hoy recogida en una obra escrita por el profesor español, José Esteve Pardo.  


Pero el rol del juez no es de un súper héroe, ni de un Robin Hood moderno, no es quién quita a los más ricos y poderosos para dar a quienes menos tienen. Al contrario, su rol es aplicar la ley justa frente a cada circunstancia sin importar a quién beneficia, pues el impero de norma es quien gobierna su accionar. En el derecho, se suele decir que el concepto de justicia es el famoso referente del jurista romano, Domicio Ulpiano, dar a cada quién lo que le corresponde, sin embargo, aunque el juez no es elegido directamente por el pueblo, debe su poder a este y sus decisiones son dictadas “en nombre de la República”.  Sus sentencias, por tanto, deben cumplir con un plano axiológico, es decir, debe tener en cuenta la trascendencia e impacto en la vida de la comunidad donde se dicta. Que el juez no sea designado a través del sufragio directo, no significa que tenga más libertades ni menos responsabilidades que el resto de los funcionarios del gobierno, antes bien debe servir de control o contrapeso al ejercicio de estos poderes estatales y aún de los poderes fácticos de orden privado . 


En lo que al poder jurídico se refiere, la legitimación democrática es invisible. Los ciudadanos no intervenimos, ni directa ni indirectamente, en la designación o remoción de los miembros del Poder Judicial. Puede parecer, en consecuencia, que tal legitimación democrática no existe. Y, sin embargo, “la justicia emana del pueblo” y también debe tener una legitimación democrática. ¿Cómo se consigue esto y cómo se consigue no de una manera ficticia sino de forma real y efectiva? A través de la sumisión del juez a la ley. El Juez tiene legitimidad democrática porque, cuando actúa, dictando cualquier resolución (sentencia, auto, providencia…), no es su voluntad la que se impone, sino que lo que se impone es la voluntad general, es decir, la voluntad de los ciudadanos a través de sus representantes objetivada en la ley. El juez no tiene voluntad propia, sino que es el portador de una voluntad ajena, de la voluntad general, de la ley. La sumisión a la ley es, pues, la forma en que constitucionalmente se hace realidad el principio de legitimación democrática del Poder Judicial . 


Ahora bien, el juez es boca de la ley, pero no puede ser el oficial servil de la injusticia del legislador. Por eso, todo juez es constitucional, en la medida que al momento de tomar una decisión deber siempre primero pasar la ley aplicable al caso por el tamiz de la Constitución, y sí aquella resulta ser una ley injusta, debe entonces extirparla de forma tal que haga valer aquella vieja declaración atribuida al profesor de derecho constitucional, Gustavo Zagrebelsky: la Constitución no debe ser solo tinta esparcida sobre papel. 


Y, es que, contrario a lo que se pudiera pensar la función del juez es una función política. Por eso, cuando el juez en su rol ejerce una función de control de los actos de gobierno, y no solo de los conflictos entre particulares, sus decisiones tienen trascendencia política. En efecto, La función judicial es política mediante el poder de interpretar las leyes y de criticar su constitucionalidad, hasta su puesta en práctica, a través del control de los actos . Tan política es la cuestión judicial, que prácticamente la Revolución Francesa fue desatada contra el poder arbitrario de los jueces más que contra el poder monárquico, que en una monarquía empobrecida y endeudada era bastante precario, y la sentencia aberrante de la “Corte Taney” fue la gota que fomentó la guerra civil norteamericana, es decir, que dos hechos violentos históricos de la más alta significación política fueron precipitados por la “cuestión judicial”.  Precisamente, todo juez – sin importar si es constitucional o no – debe ser consciente del nivel de responsabilidad que implica la decisión a tomar por simple que parezca el caso y sin importar los involucrados. El balance de su función, en más de las veces, no solo es resolver el conflicto jurídico que se le somete, sino mantener el equilibrio y la paz pública en todos los órdenes. 


Corolario final. 


El poder que se confiere a cada juez trae consigo determinadas exigencias que serían inapropiadas para el ciudadano común que ejerce poderes privados; la aceptación de la función judicial lleva consigo beneficios y ventajas, pero también cargas y desventajas. Desde una perspectiva de una sociedad mandante se comprende que el juez no solo debe preocuparse por “ser”, según la dignidad propia del poder conferido, sino también por “parecer”, de manera que no suscite legítimas dudas en la sociedad acerca del modo en el que se cumple el servicio judicial.  De ahí que ser juez es una función pesada y no pocas veces incomprendida, especialmente por un público expectante que no suele tener todas las variables del caso a mano para emitir un juicio de valor. 


Ser juez es una de las tareas más difíciles y de mayor responsabilidad de un ser humano. Es difícil, porque un juez tiene en sus manos el destino de una persona y de ahí proviene también la pesada responsabilidad. Ante un caso grave, acoger un tecnicismo legal que va a perjudicar de manera desproporcionada a la sociedad, no es ser verdaderamente juez, del mismo modo que si por cobardía o presión mantuviera en prisión a alguien que debiera estar libre. El juez tiene que ser imparcial, pero la imparcialidad se sostiene también en el equilibrio de los valores envueltos. Un valor, la libertad del imputado y otro valor de igual o mayor peso, la preservación de la sociedad. El juez que no pese bien esos valores no es verdaderamente juez .


Cuatro características corresponden al juez: escuchar cortésmente, responder sabiamente, ponderar prudentemente y decidir imparcialmente, decía el gran filósofo clásico griego, Sócrates. Y es que, la virtud de un buen juez es conciliar estos cuatros atributos, siendo los más difíciles estos dos últimos. Primero porque la imparcialidad no solo implica ejercer su rol sin injerencias internas o externas frente a un caso dado, sino porque también demanda vencer la tentación de favores, prebendas o gratificaciones que pudieran ofrecérsele para resolver un caso. Y, en segundo lugar, porque la prudencia es “el mejor maestro de un juez” , pero la prudencia sin valentía no es justicia. Valentía para no torcer el derecho; no hacer acepción de personas, ni tomar sobornos; porque el soborno ciega los ojos de los sabios y pervierte las palabras de los justos. 


El rol de un juez en una sociedad democrática no es simplemente dictar sentencia, sino que debe garantizar la ejecución de lo juzgado y tener la suficiente capacidad para discernir, entre el trabajo que hace y la vida de las personas que tiene en sus manos. En efecto, como profesor de varias generaciones de abogados y de jueces, una de las cosas más comunes con la que me he encontrado son estas: jueces que creen que su función termina con dictar una sentencia y otros que no humanizan los expedientes que fallan, viéndolos solamente como un trabajo. La propia Constitución de la República manda en su art. 149.1 que la función judicial consiste en administrar justicia para decidir sobre los conflictos… juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado. 


De nada sirve dictar sentencia, si esa sentencia no se cumple, no se ejecuta, porque entonces el conflicto no se habrá resuelto, pero además creara una desconfianza en la justicia que anidara un sentimiento de rechazo del pueblo para la cual fue creada. Los jueces trabajan en la función judicial, pero lo que hacen no debe verse como un simple trabajo. El juez que no humaniza los procesos, que solo ve los expedientes como una pila de papeles que debe responder para “resolver el conflicto” sin reparar en que ese expediente es la vida, la libertad o el patrimonio de un ser humano no merece ser juez, pues su rol dista bastante de un oficio común de la sociedad. 


Finalmente, el principio de integridad sugiere que una persona haga lo correcto aun cuando nadie la esté mirando. Dicho de otra forma, muchas veces el profesional es "serio" porque le conviene crear esa percepción en el público, pero una vez que se cierra el telón es exactamente todo lo contrario. Ser juez en una sociedad democrática implica poder conciliar el concepto de la integridad con lo que se hace, en todo momento, y no solo cuando se “actúa frente a los reflectores públicos” porque la mejor conciencia es una almohada tranquila y la satisfacción del deber cumplido. La mayor necesidad del mundo es la de hombres que no se vendan ni se compren; hombres que sean sinceros y honrados en lo más íntimo de sus almas; hombres que no teman dar al pecado el nombre que le corresponde; hombres cuya conciencia sea tan leal al deber como la brújula al polo; hombres que se mantengan de parte de la justicia, aunque se desplomen los cielos.  


Bibliografía consultada: 


Sartori, Giovanni. ¿Qué es la democracia? 1ra. edición, editorial Taurus, Madrid, España.


Esteve Pardo, José. Hay Jueces en Berlín: un cuento sobre el control judicial del poder. 1ra. Edición, Marcial Pons, Madrid, España.


Pérez Royo, Javier; Carrasco Durán, Manuel. Curso de Derecho Constitucional. 16ta. Edición, Marcial Pons. Madrid, España.


Guarnieri, Carlo; Pederzoli, Patricia. Los Jueces y la Política. 1ra. edición, Taurus. Madrid, España.


Zaffaroni, Eugenio Raúl. Estructuras Judiciales. 1ra. edición, Comisionado de Apoyo de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia. Santo Domingo, República Dominicana. 


Castro Caballero, Fernando Alberto. Código Iberoamericano de Ética Judicial comentado. 1ra. edición, Consejo Superior de la Judicatura, Bogotá, Colombia. 


Diario Libre. Ser Juez. Editorial, recuperado de: https://www.diariolibre.com/opinion/editorial/ser-juez-CL3184361 


Edgar Hernández Mejía. El Mejor Maestro de un Juez. Listín Diario, recuperado de: https://listindiario.com/puntos-de-vista/2010/04/12/138082/el-mejor-maestro-de-un-juez.html


Deuteronomio 16:19, Reina-Valera 1960 (RVR1960)


De White, Elena G. La Educación. 1ra. edición, editorial Asociación Casa Editora Sudamericana, Buenos Aires, Argentina.

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